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Pese al fallo favorable a la Argentina en el caso YPF, el exsubprocurador del Tesoro Sebastián Soler advirtió que las críticas políticas a la expropiación de 2012 podrían perjudicar la posición del país en futuras instancias judiciales.
“Me preocupa que se siga diciendo que la expropiación se hizo mal. La Cámara acaba de decir lo contrario y eso no sólo es malo porque no es verdad, sino porque es peligroso para la Argentina”, advirtió Soler, y sostuvo que, aunque el fallo es decisivo, aún podrían intentarse nuevas vías de apelación.
“No se puede descartar que los demandantes intenten recurrir a la Corte Suprema o a otras instancias. Si dirigentes argentinos insisten en que lo que se hizo fue ilegal, eso puede ser citado en contra en una eventual continuación del caso”, afirmó.
Por otro lado, aclaró que la Cámara de Apelaciones de Nueva York validó que el Estado actuó conforme al derecho argentino al recuperar el control de la petrolera.
Al repasar la evolución del juicio, iniciado en 2015, el especialista explicó que durante los primeros años la discusión se centró en la jurisdicción: “Hasta principios de 2020 lo único que se discutió fue si el juicio debía hacerse en Nueva York o en Argentina. En 2020 la jueza determinó que debía hacerse en Nueva York y a partir de ahí empezó la discusión de fondo”, señaló.
Según detalló, el eje central del litigio fue determinar si el Estado argentino, al expropiar el 51% de la empresa, tenía la obligación de realizar una oferta de compra a los accionistas minoritarios.
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“La discusión era si bajo el derecho argentino el Gobierno tenía que ofrecer comprar las acciones de los minoritarios y no solo del accionista mayoritario, que era lo que había hecho”, explicó Soler en declaraciones radiales y agregó que la defensa “sostuvo siempre que el derecho argentino le permite expropiar por razones de utilidad pública la cantidad de acciones que considere más conveniente”.
En primera instancia, la jueza consideró que el estatuto societario implicaba una obligación contractual incumplida, pero la Cámara de Apelaciones adoptó el criterio contrario.
“La Cámara dijo dos cosas: que el estatuto no es un contrato sino un método de organización de una sociedad y que, bajo el derecho público argentino, ninguna disposición de un estatuto puede restringir la potestad constitucional de expropiar”, precisó.
Y añadió: “La principal razón por la que la Cámara falla a favor es porque concluye que bajo el derecho argentino se actuó correctamente en 2012”.
El ex funcionario remarcó también que la estrategia defensiva se mantuvo a lo largo de distintos gobiernos.
“Los argumentos fueron los mismos en primera instancia y en la apelación. En el núcleo está la idea de que el estatuto de una sociedad privada no puede estar por encima de la facultad soberana de la Argentina de expropiar”, señaló, y consideró que “en esa medida hubo una política de Estado”.
Finalmente, destacó la relevancia económica del resultado: “El argumento de que el estatuto no puede limitar la potestad de expropiar es el que permite que la Argentina gane el juicio”, concluyó
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