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El juez de garantías Juan Pablo Masi, que acompañó la tesitura del fiscal Garganta, entendió que aún quedan diligencias pendientes de producción en la causa y que, por tanto, el planteo de la defensa resulta prematuro
Jorge D’Onofrio, ex ministro de Transporte, sigue como imputado / Web
La Justicia rechazó el pedido de sobreseimiento del ex ministro de Transporte bonaerense Jorge Alberto D’Onofrio en el marco de la causa que investiga presuntas maniobras de corrupción vinculadas a la adjudicación del servicio de Verificación Técnica Vehicular (VTV) en la provincia de Buenos Aires.
La resolución fue firmada por el titular del Juzgado de Garantías N° 4 de La Plata, Juan Pablo Masi, que consideró “prematuro” cerrar el expediente y sostuvo que la investigación penal preparatoria todavía se encuentra en curso, con medidas de prueba pendientes de producción.
D’Onofrio está imputado por los delitos de “cohecho pasivo en concurso ideal con negociación incompatible con el ejercicio de la función pública”, en una causa donde el Ministerio Público Fiscal sospecha que, mientras ocupaba el cargo de ministro de Transporte, habría acordado con distintas empresas la adjudicación del servicio público de VTV “a cambio de obtener sumas de dinero” a través de la firma Soluciones en Telecomunicaciones y Electrónica S.A.
Según el fallo, la acusación sostiene que dicha empresa “fue interpuesta por el entonces Ministro”, y que las adjudicatarias debían contratarla como parte de un esquema presuntamente irregular.
La defensa de D’Onofrio, encabezada por los abogados Juan Isidro Pérez Duhalde y Ramiro Pérez Duhalde, había solicitado el sobreseimiento al considerar que no existían elementos suficientes para sostener la imputación y que todo el procedimiento licitatorio se desarrolló conforme a la normativa vigente.
En ese sentido, remarcaron que la licitación pública nacional e internacional para la VTV “se desarrolló conforme las reglas establecidas en los pliegos de bases y condiciones generales y particulares”, y con intervención de organismos de control como la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado, los cuales emitieron “dictámenes favorables y coincidentes avalando la legalidad de lo actuado”.
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También argumentaron que “no existió irregularidad alguna en las empresas que resultaron adjudicatarias” y que las observaciones formuladas por la Fiscalía respecto de una UTE “resultar ser una interpretación errónea y sesgada de las normas que rigen los procedimientos licitatorios”.
En relación a la empresa Soluciones en Telecomunicaciones y Electrónica S.A., la defensa sostuvo que su contratación “fue una decisión adoptada exclusivamente por las empresas adjudicatarias del servicio de VTV” para cumplir con requerimientos tecnológicos impulsados desde el Ministerio de Transporte.
Sin embargo, el fiscal Álvaro Garganta se opuso al planteo y pidió rechazar el sobreseimiento por entender que el pedido resultaba “prematuro”. En su dictamen sostuvo que “no existe demostrada una certeza negativa que permita afirmar que el hecho endilgado no existió o que el imputado no participó”.
El representante del Ministerio Público agregó además que “el peticionante no ha desvirtuado los elementos de cargo que permiten sostener por el momento la base fáctica endilgada”, y remarcó que “aún resta medidas de prueba por producir”.
Al analizar los argumentos de las partes, el juez coincidió con la postura de la Fiscalía y rechazó el planteo defensista.
En uno de los tramos centrales de la resolución, el magistrado sostuvo que “la solicitud traída a estudio no ha de tener favorable acogida, ello por resultar -por el momento- el sobreseimiento solicitado improcedente, precisamente por prematuro”.
Asimismo, advirtió que la investigación “no está agotada” y que conceder el sobreseimiento implicaría “un cierre definitivo e irrevocable del proceso” respecto del imputado.

Juan Pablo Masi
“El mismo importaría un cierre definitivo e irrevocable del proceso en relación al imputado Jorge Alberto Donofrio, máxime cuando al mismo tiempo no se presenta la certeza o el convencimiento necesario para el dictado de la solución absolutoria anticipada requerida”, señala textualmente el fallo.
La resolución también remarca que la causa todavía se encuentra “dentro de los términos legales y con posibilidad de la agregación y/o producción de diligencias probatorias relativas a la posición del imputado”.
Además, aclaró que el rechazo del pedido no implica un adelanto de opinión sobre la culpabilidad del ex ministro.
Finalmente, el Juzgado de Garantías resolvió “no hacer lugar -por el momento- al pedido de sobreseimiento formulado en favor de Jorge Alberto D’Onofrio”, dejando abierta la posibilidad de que la defensa vuelva a insistir con el planteo una vez concluida la investigación.
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