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Se trata de Juan José De Oliveira, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6 de La Plata, quien el jueves pasado había autorizado la transferencia de la empresa y 5 días después opinó lo contrario. Incertidumbre
El edificio ABES de Plaza Rocha, donde hubo un pedido judicial de entrega de documentación contable / Web
En medio de las denuncias en La Plata por una presunta estafa millonaria ante la falta de entrega de departamentos del Grupo ABES a distintos inversionistas, en las últimas horas se conoció una inédita situación en el expediente sucesorio donde, entre diversas cuestiones, se ventila el traspaso de esa empresa a otra sociedad cuya presidenta es Viviana Yacoub, quien se quedó con el 57 por ciento del paquete accionario y la obligación de retomar las obras paralizadas para hacer frente a los reclamos. Es que el titular del Juzgado Civil 6 donde tramita el proceso, Juan José De Oliveira, decidió retractarse de su propia decisión y frenó la transferencia que él mismo había convalidado.
De acuerdo a la documentación a la que tuvo acceso este diario, el jueves 26 de marzo el magistrado aprobó la cesión de acciones entre compañías y, cinco días después, el 31 de marzo, opinó lo contrario, por lo que dejó la operación en un virtual "stand by".
Los motivos del sorpresivo cambio de criterio es lo que ahora genera múltiples conjeturas entre las partes que litigan en la causa, por lo que ahora analizan dos vías posibles: un recurso ante la instancia de Alzada o el inicio de un incidente de nulidad.
El problema se desató con la cláusula décima del contrato de cesión de acciones de ABES Desarrolladora de Negocios S.R.L. en favor de Aprilia SACIF, ya que, según interpretó De Oliveira de los dichos volcados en el expediente, la cesionaria quedaba obligada a asumir la totalidad de los pasivos de ABES, anteriores, simultáneos o posteriores a la fecha de celebración del acuerdo.
Es decir, según grafica el fallo inicial, “se obliga a mantener indemne frente a todo reclamo al fideicomiso testamentario”, que encabeza la viuda del fundador de ABES, Carlos Gustavo Tejeda Ibáñez, en representación incluso de su hija menor de edad.
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La decisión del juez de rever su propio fallo sin que nadie se lo planteara, fue considerada inédita
Sin embargo, el juez volvió sobre sus pasos y sostuvo en su decisorio: “(...) el suscripto advierte en este estadio que la resolución fue efectuada en base a un fundamento erróneo: la cláusula décima no expresa lo que la parte que presenta el contrato dice expresamente y cuyo contenido lleva al dictamen de la Asesoría a repetir esa premisa (que la cesionaria se haría cargo de todos los pasivos anteriores, simultáneos y posteriores a la celebración del contrato de cesión, cláusula de indemnidad). En cambio, esa cláusula dice que ni la cedente, ni la cesionaria se hacen cargo de las obligaciones sociales, siendo el Grupo Abes S.R.L. quien se haga cargo de los mismos”.
“Sin perjuicio de la adquisición del 57 por ciento del Grupo Abes S.R.L por parte de la cesionaria, lo cierto es que no es lo mismo que APRILIA S.A.C.I.F. y A. en su totalidad responda por los pasivos, a que solo lo haga el Grupo ABES S.R.L, quedando indemnes tanto el cedente como el cesionario. Siendo esto una situación que difiere del marco de lo solicitado y que podría traer aparejado disminución de las garantías de los acreedores del Grupo ABES S.R.L., existiendo una afectación al orden público que excede el marco de estas actuaciones”, agregó.
Además De Oliveira entendió que la cuestión traída a su despacho -el traspaso de empresas- “ha excedido del marco voluntario de un proceso sucesorio y que por ello no se puede llamar en el mismo a la totalidad de las personas que puedan verse afectadas por esta homologación, cierto es que en el fideicomiso y su anexo está involucrado intereses de quien fuera albacea de este sucesorio Dr. Diego Lacki, a quien no se dio traslado de lo solicitado, generándose posibles afectaciones al mismo y a su derecho de defensa”.
Acto seguido concluyó: “Por todo lo expuesto, principalmente al no encontrarse firme (y menos ejecutoriada) la resolución de fecha 26 de Marzo de 2026 y al no corresponder la cláusula décima con la manifestación efectuada en la presentación de fecha 29 de diciembre de 2026 (lo cual vicia la decisión en pugna) y en resguardo de los intereses de terceros que afecta al orden publico, hace que el decisorio mencionado y en pugna sea injusto y deba dejarlo sin efecto”.
Demás está decir que esta situación trajo aparejada una gran incertidumbre entre los inversionistas afectados por la no entrega de sus departamentos, más cuando acaban de realizar un operativo judicial en Yacoub en busca de información sobre el traspaso de empresas.
Lo pidió el fiscal Gonzalo Petit Bosnic y lo que empezó en las oficinas de 13 entre 46 y 47 terminó en el edificio Sophia de Plaza Rocha, ya que en los pisos 10 y 11 estaría toda la documentación almacenada.
Una fuente del caso expresó a EL DIA que concretamente “se buscó prueba en soporte papel o digital vinculada a la administración del fideicomiso testamentario ROMEO PET, de los Abes Dezzeo, Abes Vita, Abes Cromo y, del resto de los fideicomisos administrados por la empresa ABES, sus libros contables y societarios, documentación respaldatoria de ingresos y egresos y todo tipo de documentación de interés para la causa”.
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