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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que los accionistas, directores, gerentes de bancos y sus familiares cercanos no puedan operar en los dólares financieros -es decir, contado con liquidación y MEP- durante 90 días corridos después de haber comprado en el mercado oficial.
La medida apunta a frenar un arbitraje que permitía una ganancia con la brecha aún existente entre la cotización oficial y las paralelas, y que generaba una mayor demanda de divisas en el mercado libre de cambios.
Si bien leve, se trata de una nueva restricción cambiaria que se suma a la norma que dictó la Comisión Nacional de Valores el viernes de la semana anterior, que impide a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) ser compradores netos de dólares a través del mercado bursátil, a través de las operatorias conocidas como dólar MEP y contado con liquidación, con cartera propia si están financiados en pesos.
Esta decisión del BCRA llega en momentos en que el tipo de cambio oficial lleva días testeando el techo de la banda cambiaria, lo que forzó a la entidad a vender más de U$S1.000 millones en las últimas 72 horas para detener la caída del peso.
Este endurecimiento parcial del cepo surge a partir de la identificación de que, desde la flexibilización del cepo en abril, el 47,5% de la Formación de Activos Externos (FAE) se registró mediante operaciones contra cuentas del exterior.
Según explicaron distintos especialistas, esos dólares fueron los que garantizaron la oferta en el dólar CCL y permitieron a muchas empresas cancelar deuda externa a un valor muy cercano al del dólar oficial.
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En paralelo, el BCRA eliminó el tope anual de U$S36.000 que regía para freelancers y particulares que exportan servicios. Desde ahora, esos ingresos podrán liquidarse sin restricciones en el sistema financiero local. Con esta medida, el BCRA busca desalentar el uso de billeteras digitales o criptomonedas y fomentar que los dólares se canalicen hacia las reservas brutas.
Además, el BCRA dispuso que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones a residentes por recibir transferencias de fondos en moneda extranjera. La disposición alcanza tanto a cobros por exportación de servicios como a transferencias personales o familiares.
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