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El nacimiento de un bebé en San Martín de los Andes derivó días atrás en un conflicto que expuso un dilema siempre delicado: hasta dónde pueden llegar las convicciones religiosas cuando la vida de un niño está en riesgo.
El pequeño llegó al mundo con una obstrucción intestinal que requería una cirugía urgente y, posiblemente, una transfusión de sangre. Pero sus padres, integrantes de la comunidad de Testigos de Jehová, rechazaron de plano esa posibilidad. La confrontación entre su fe y la urgencia médica terminó llegando a los tribunales en cuestión de horas.
Tras el diagnóstico inicial, el recién nacido fue trasladado al hospital Castro Rendón, en Neuquén capital, el centro mejor preparado para atender cuadros de alta complejidad. Allí se confirmó que la intervención era indispensable y que la transfusión no podía descartarse. Los profesionales explicaron a los padres que la vida del bebé dependía de actuar de inmediato, pero la negativa se mantuvo firme.
La postura de la familia, basada en una interpretación religiosa que rechaza las transfusiones, dejó a los médicos frente a un límite: no podían avanzar sin autorización. La tensión entre la obligación de salvar una vida y el respeto a las creencias ajenas encontró rápidamente un tercer actor: la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes.
La funcionaria de guardia en ese organismo, Laura Lucero, evaluó los informes clínicos y confirmó que la demora era incompatible con la gravedad del caso. La discusión ya no era sólo médica: se trataba de determinar qué peso tiene la fe en una decisión que involucra derechos fundamentales. Con ese panorama, impulsó una medida judicial de urgencia para habilitar la cirugía aun sin el consentimiento de los padres.
El expediente llegó al juez de familia Luciano Zani, quien debió pronunciarse sobre un debate que trasciende a Neuquén. En su resolución, el magistrado sostuvo que si bien los progenitores tienen derecho a decidir sobre los tratamientos de sus hijos, ese derecho no es absoluto.
La libertad religiosa, recordó el juez neuquino, encuentra un límite cuando condiciona el acceso de un menor a cuidados esenciales. Citó la Convención sobre los Derechos del Niño, que ordena priorizar siempre el interés superior del menor, y remarcó que la Justicia tiene la obligación de intervenir cuando una creencia pone en riesgo la vida.
Con la autorización del juez, el equipo médico del Castro Rendón avanzó con la operación sin demoras. La cirugía resultó exitosa y el bebé evoluciona favorablemente.
La madre del bebe “casi no tenía controles prenatales, o por lo menos no figuraban en San Martín de los Andes; tampoco en Villa Pehuenia que es donde viven”, señaló Lucero para enfatizar que lo que sufrió el bebé es una patología que se podría haber descubierto durante el embarazo evitando así una intervención de urgencia.
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