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La justicia de Quilmes ratificó una condena de 11 años y 6 meses de prisión para un hombre responsable de un aberrante caso de rapto y abuso sexual ocurrido en la localidad de San Francisco Solano, cuya víctima fue un joven con retraso madurativo. La resolución fue dictada por el Tribunal Oral Nº 1 de Quilmes tras una audiencia de cesura que tuvo lugar luego de que la Cámara de Casación bonaerense ordenara una revisión técnica sobre el monto de la pena original impuesta al imputado.
El proceso judicial permitió reconstruir los hechos que tuvieron lugar en junio de 2021, cuando el agresor interceptó a la víctima en la vía pública mientras esta caminaba hacia el domicilio de un familiar. Mediante maniobras de engaño, el sujeto logró convencer al joven de que lo acompañara hasta una propiedad ubicada sobre el Camino General Belgrano, bajo la falsa promesa de entregarle prendas de vestir y alimentos.
Una vez dentro de la vivienda, la investigación acreditó que el captor le suministró al joven una bebida adulterada con sustancias químicas destinadas a provocarle somnolencia. En ese estado de indefensión, la víctima permaneció privada de su libertad durante un lapso aproximado de 24 horas, tiempo durante el cual fue sometida a reiterados abusos sexuales. La situación finalizó gracias a que el joven aprovechó un descuido para escapar a través de una ventana y relatar lo sucedido a su entorno cercano, lo que activó la intervención policial y judicial.
Durante los procedimientos posteriores, un allanamiento en el domicilio del Camino General Belgrano resultó determinante para la acusación, ya que se secuestraron pertenencias personales de la víctima que vinculaban directamente al imputado con el lugar del crimen. La calificación legal del caso fue establecida como rapto y abuso sexual con acceso carnal, delitos agravados por la especial vulnerabilidad de la víctima debido a su condición de salud.
Cabe destacar que, en una instancia anterior, la pena para el agresor había sido fijada en 12 años de prisión. Sin embargo, el caso llegó a la Cámara de Casación, donde los magistrados de alzada determinaron que los delitos debían ser encuadrados bajo la figura jurídica de concurso ideal y no de concurso real, criterio que obligó al Tribunal de Quilmes a ajustar el monto de la sentencia a los actuales 11 años y 6 meses. La fiscalía y los jueces valoraron la gravedad del daño causado y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se perpetró el ataque en el sur del conurbano.
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