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Luciano Napolitano, hijo del guitarrista Norberto “Pappo” Napolitano, deberá cumplir con la pena de 3 años y 8 meses de prisión por violencia de género, lesiones, amenazas y privación ilegal de la libertad contra su ex pareja Mariel Oleiro.
En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la Condena al hijo de Pappo. De esta forma, deberá cumplir con la pena de 3 años y 8 meses de prisión por violencia de género, lesiones, amenazas y privación ilegal de la libertad contra su ex pareja Mariel Oleiro.
Según el abogado defensor de la víctima, el penalista platense Gonzalo Pedro Escaray, “Este fallo confirma lo que venimos sosteniendo desde el primer día: Mariel dijo la verdad, sufrió violencia y la Justicia finalmente la escuchó. Se hizo justicia pese a todos los intentos de Luciano Napolitano y sus defensores por instalar la idea de una falsa denuncia, pretendiendo instalar además que la víctima era una mentirosa, manipuladora o interesada”.
“Hoy la verdad quedó acreditada con fuerza y de manera definitiva. El fallo es contundente y demuestra que no se puede desvirtuar un proceso judicial con contradicciones, versiones cambiantes ni estrategias que buscan desacreditar a la mujer que denuncia. La Corte evaluó toda la prueba en su conjunto, en el contexto de violencia en el que ocurrieron los hechos, y marcó con claridad que la Cámara había aplicado criterios alejados de la perspectiva de género”.
En este sentido Escaray agregó que “Mariel soportó años de agresiones y un enorme desgaste emocional para llegar hasta acá. Que la condena esté firme es un acto de reparación y un mensaje claro: la violencia de género no admite relativizaciones y la voz de las víctimas debe ser escuchada y respetada.”
El derrotero procesal
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Inicialmente Napolitano había sido absuelto, luego de firmar un juicio abreviado, por la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, pero la Suprema Corte de Provincia luego del recurso interpuesto por el particular damnificado y la Fiscalía, revirtió esa sentencia y restableció la condena a 3 años y 8 meses de prisión por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas agravadas, privación ilegal de la libertad y tenencia ilegal de armas de guerra, todo en concurso real.
El máximo tribunal bonaerense sostuvo que la sentencia absolutoria de Cámara había incurrido en arbitrariedad, fragmentación probatoria y una incorrecta aplicación de los estándares de juzgamiento con perspectiva de género, omitiendo valorar pruebas contundentes como mensajes, testimonios, informes técnicos, intervenciones policiales y pericias que avalaban de forma consistente el relato de la víctima.
Tras ese fallo la defensa particular de Napolitano, presentó un nuevo recurso extraordinario federal para intentar llevar la discusión a la Corte Suprema de la Nación. Ese recurso fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Acordada 4/2007 del máximo tribunal nacional. Al no haber sido apelada esta denegatoria mediante queja, la condena quedó firme en todos sus términos. expediente en contra de Emiliano Juan Napolitano se inició en 2020 y tras varias idas y vueltas por diferentes etapas judiciales, La Corte Suprema confirmó de manera definitiva la condena, que ahora deberá resolverse cómo se hará efectiva. La defensa de Napolitano intentará una prisión domiciliaria, mientras que la defensa de la víctima procura que cumpla su condena en la cárcel.
Según el abogado defensor de la víctima, el penalista Gonzalo Pedro Escaray, “Este fallo confirma lo que venimos sosteniendo desde el primer día: Mariel dijo la verdad, sufrió violencia y la Justicia finalmente la escuchó. Se hizo justicia pese a todos los intentos de Luciano Napolitano y sus defensores por instalar la idea de una falsa denuncia, pretendiendo instalar además que la víctima era una mentirosa, manipuladora o interesada. Hoy la verdad quedó acreditada con fuerza y de manera definitiva. El fallo es contundente y demuestra que no se puede desvirtuar un proceso judicial con contradicciones, versiones cambiantes ni estrategias que buscan desacreditar a la mujer que denuncia. La Corte evaluó toda la prueba en su conjunto, en el contexto de violencia en el que ocurrieron los hechos, y marcó con claridad que la Cámara había aplicado criterios alejados de la perspectiva de género”.
En este sentido Escaray agregó que “Mariel soportó años de agresiones y un enorme desgaste emocional para llegar hasta acá. Que la condena esté firme es un acto de reparación y un mensaje claro: la violencia de género no admite relativizaciones y la voz de las víctimas debe ser escuchada y respetada.”
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